23 de junio de 2025
COMUNICADO DE LA SALA DE PRENSA DEL CJF. https://www.cjf.gob.mx/SalaPrensa/index.htm#Comunicados

COMUNICADO DE LA SALA DE PRENSA DEL CJF. https://www.cjf.gob.mx/SalaPrensa/index.htm#Comunicados

• Impedir su registro vulnera el derecho humano a la identidad, afirmó • Bajo cualquier circunstancia se debe emitir sentencia con estricto apego al principio de interés superior de la niñez, subrayó

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Ciudad de México a 23 de marzo de 2024.

El Juzgado Quinto de Distrito en Cuernavaca, Morelos, ordenó al Oficial del Registro Civil
del municipio de Jojutla, registrar y expedir de forma gratuita la primera acta de nacimiento
a una niña, así como reconocer la paternidad de su progenitor.


Al resolver el juicio de amparo 1563/2023, también se determinó que se debían inaplicar
diversos artículos del Código Familiar de Morelos, que impedían otorgar el documento al
padre de la menor.


Se consideró que negar el registro y no expedir la constancia respectiva, vulnera el derecho
humano a la identidad.


Para llegar a esta decisión, se pidió realizar una prueba pericial en materia genética (ADN),
para acreditar el vínculo filial.


La persona juzgadora resaltó que se debe emitir sentencia con estricto apego al principio
de interés superior de la niñez; en consecuencia no es válido negar la inscripción de
nacimiento de una niña, sobre la base de que existe presunción de ser hija nacida en un
matrimonio anterior.


ANTECEDENTES
El quejoso, en representación de la menor, promovió un juicio de amparo contra actos del
Oficial del Registro Civil del Municipio de Jojutla, Morelos y otras autoridades, pues le fue
negado el registro de la niña con el argumento de que se presumía como hija de la anterior
pareja de la madre, quien falleció en 2021.

El examen de ADN se realizó conforme a los protocolos establecidos por la Suprema Corte
de Justicia de la Nación y respetando los derechos de las niñas, niños y adolescentes,
previstos en la Constitución.


Liga a la versión pública de la sentencia:
http://sise.cjf.gob.mx/SVP/word1.aspx?arch=753/0753000033831050030.pdf_1&sec=%C
3%93scar_Osvaldo_L%C3%B3pez_Moreno&svp=1


Liga a la sentencia en formato de lectura fácil:
http://sise.cjf.gob.mx/SVP/word1.aspx?arch=753/0753000033831050033.pdf_1&sec=%C
3%93scar_Osvaldo_L%C3%B3pez_Moreno&svp=1


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FUENTE DE LA INFORMACIÓN: https://www.cjf.gob.mx/documentos/notasInformativas/docsNotasInformativas/2025/notaInformativa8.pdf

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