COMUNICADO DE PRENSA
Ciudad de México, a 09 de marzo de 2026.
A principios del año en curso, el Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la
Federación admitió una queja y ordenó iniciar las investigaciones correspondientes al Órgano
de Investigación de Responsabilidades Administrativas, en contra de un Juez Federal de la
región centro del país que presuntamente cometió diversas irregularidades en la tramitación
de un juicio de amparo, favoreciendo a una empresa privada en detrimento de los derechos
de terceros interesados.
Conforme a los antecedentes que obran en el expediente, una empresa particular promovió
juicio de amparo en contra de un Juzgado Civil de la Ciudad de México que le aseguró cuentas
bancarias para garantizar un adeudo de más de 320 millones de pesos, como garantía del
cumplimiento de un contrato de adquisición de insumos con una Secretaría del Gobierno
Federal.
Después de una investigación exhaustiva el Órgano Investigador del Tribunal de Disciplina
Judicial llegó a la conclusión de que posiblemente, actuando con parcialidad el Juzgador
denunciado concedió a la empresa la suspensión provisional para que se levantara el
aseguramiento de todas sus cuentas bancarias y se le permitiera disponer de los recursos,
inclusive respecto de los derechos de cobro que tenía en su contra una empresa tercera
interesada, con motivo de un contrato celebrado con una Secretaría de Estado.
La tercera interesada promovió recurso de queja en contra de esta determinación obteniendo
sentencia favorable de un Tribunal Colegiado, quien instruyó al Juzgador hoy suspendido que
ordenara al Juzgado Civil de la Ciudad de México, a la Secretaría de Estado y a la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores, levantar el aseguramiento de las cuentas bancarias
únicamente respecto al excedente de la garantía del contrato, a fin de no dejarla en estado de
indefensión y causarle daños de imposible reparación.
No obstante, lo anterior el citado Juzgador concedió posteriormente a la empresa quejosa la
suspensión definitiva, ordenando nuevamente que se levantara el aseguramiento de todas las
cuentas bancarias y que se le permitiera a la demandante disponer de los recursos. Ante tal
actuación la tercera interesada promovió recurso de revisión, logrando que un Tribunal
Colegiado de Circuito distinto al anterior, ordenara por segunda ocasión al Juez limitarse al
levantamiento del aseguramiento de las cuentas bancarias únicamente respecto al excedente
de la garantía del contrato.
Además de estas irregularidades, obran pruebas en el expediente de que el Juez denunciado
retrasó el trámite de una queja interpuesta en contra de la ampliación de la demanda de
amparo, ocasionando que se declarara sin materia ya que dictó sentencia en el juicio antes de
que ésta fuera resuelta.
Por considerar que la permanencia de este Juez Federal en su cargo podría causar una
afectación grave en la impartición de justicia, al ponerse en duda su imparcialidad, así como
su actuación con falta de profesionalismo, en su última sesión ordinaria la Comisión de
Disciplina del Tribunal Disciplinario Federal resolvió suspenderlo hasta en tanto concluye la
investigación y ordenó al Órgano Investigador continuar con la indagatoria para que de
acreditarse las imputaciones formuladas, se inicie el procedimiento administrativo
disciplinario y de ser procedente se sancione al Juzgador Federal mencionado.
El Magistrado Rufino H León Tovar, Presidente de la Comisión de Disciplina, sostuvo que
la rectitud y la legalidad son los límites de la función jurisdiccional y que el Órgano
Sancionador no permitirá la actuación parcial de los juzgadores, ni actos de favoritismo que
lesionen los intereses del Estado mexicano. Enfatizó que la Comisión que preside continuará
ejerciendo sus atribuciones con firmeza, independencia y responsabilidad, garantizando que
la justicia se imparta con integridad y rendición de cuentas a la ciudadanía.
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FUENTE DE LA INFORMACIÓN: https://www.oaj.gob.mx/documentos/Comunicados%20Prensa/docsComunicadosPrensa/2026/comunicado28.pdf
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