Por Teodoro Rentería Arróyave
17 de octubre de 2025
La nueva Ley de Amparo va única y directamente en contra de los grandes evasores fiscales, quienes aceitaron una gran propaganda mediática para distorsionar la reforma, al afirmar que va en retroceso de las garantías del pueblo todo, nada más falso, inclusive el artículo transitorio que fue motivo de polémica fue adecuado para aplicarse a estos evasores de cuello blanco.
Precisemos, no son pocos los que abusaron de la norma que nos legó don Manuel Crescencio García Rejón, considerado el Padre del Amparo en México, hay casos, que en aprovechamiento y abuso de esta garantía, obvio con el apoyo de juzgadores venales, llevan hasta 25 años evadiendo el pago de impuestos en contra del erario y directamente contra el pueblo de México y su desarrollo.
Por eso mismo extraña, otros dicen que explica, que los legisladores de oposición aseguren que las modificaciones restringen el acceso de los ciudadanos a la protección judicial frente a actos de autoridad.
El Senado de la República aprobó, como es del conocimiento público, la reforma a la Ley de Amparo pocas horas después de que la Cámara de Diputados enviara la minuta correspondiente. Con 82 votos a favor- principalmente de Morena, Partido del Trabajo, PT y Partido Verde Ecologista de México. PVEM- y 38 en contra. Misma iniciativa que fue enviada al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El proceso avanzó con rapidez debido a que el Senado se allanó a los ajustes hechos por la Cámara de Diputados, lo que permitió aprobar el texto sin nuevos cambios ni más turnos a comisiones. Con ello, la iniciativa presidencial quedó lista para convertirse en ley.
Los cambios en la a reforma a la Ley de Amparo se sintetizan en la modificación de los procedimientos con los que se tramitan los juicios de amparo, para dar mayor claridad y evitar abusos en su uso para así evitar que algunos sectores económicos y político utilizaran este recurso de forma excesiva para retrasar procesos fiscales o judiciales.
Entre los principales puntos incluidos en la versión aprobada se encuentran:
Se precisa que los nuevos criterios solo afectarán casos iniciados después de la entrada en vigor de la ley, evitando impacto en derechos adquiridos.
El texto final confirma que los ciudadanos podrán seguir promoviendo amparos de manera conjunta cuando compartan un mismo interés legítimo.
Revisión del “interés legítimo”: se acota este concepto para evitar que personas o empresas sin relación directa con un acto reclamen vía amparo.
Se establece que los jueces deberán evaluar con mayor rigor las solicitudes de suspensión de actos de autoridad, con el fin de evitar su uso para eludir obligaciones fiscales o administrativas.
El senador morenista Manuel Huerta Ladrón de Guevara, autor de uno de los transitorios más discutidos, explicó que la intención es dotar de mayor certeza jurídica a los procedimientos y frenar la presentación masiva de amparos que, según él, son utilizados para evadir el pago de impuestos o detener políticas públicas.
La senadora Carolina Viggiano del Partido Revolucionario Institucional, PRI, se exhibió al afirmar que el cambio permitiría al gobierno cobrar créditos fiscales pendientes estimados en más de dos billones de pesos, de los cuales una gran parte corresponde a micro y pequeñas empresas. Su preocupación, dijo, es que la autoridad pueda utilizar la nueva legislación para presionar a contribuyentes.
Además, la y el legislador, Guadalupe Murguía del Partido Acción Nacional, PAN, y Clemente Castañeda de Movimiento, MC, advirtieron que la reforma no resuelve de fondo el riesgo de restringir los amparos colectivos y acusaron que la mayoría legislativa aprobó el dictamen sin un análisis profundo.
En respuesta, el senador Javier Corral de Morena, aclaró que no existe retroactividad ni violación de derechos adquiridos, pues los cambios aplicarán únicamente en procesos futuros. Aseguró que la oposición “difunde información falsa” y que las reformas buscan cerrar vacíos legales aprovechados por grandes corporaciones y grupos de poder.
Por su parte, el morenista Enrique Inzunza señaló que los ajustes al artículo transitorio fueron hechos con base en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, atendiendo observaciones de expertos en derecho constitucional.
Nuestra nación es criticada por su mala política recaudatoria por organismos internacionales. Persisten retos para construir instituciones de Gobierno que transformen la economía del País, lo cual se observa en la capacidad del Estado para recaudar impuestos, donde México es el peor entre los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, OCDE, ha señalado James Robinson, Premio Nobel de Economía 2024.
Este, sin duda, es un paso enorme para solucionar ese problema social-económico que ha agobiado a al país desde su vida independiente.
Periodista y escritor; presidente del Colegio Nacional de Licenciados en Periodismo, CONALIPE; secretario de Desarrollo Social de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP; presidente fundador y vitalicio honorario de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX, Doctor Honoris Causa por la Universidad Internacional, Académico de Número y director de Comunicación de la Academia Nacional de Historia y Geografía, ANHG. Agradeceré sus comentarios y críticas en teodororenteriaa@gmail.com Nos escuchamos en las frecuencias en toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info, www.ciap-felap.org, www.fapermex.org, y el portal: www.irradianoticias.com
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